Ser autónomo es un reto en muchos aspectos. La independencia y el control sobre tu propio negocio vienen acompañados de responsabilidades y tareas que requieren mucho esfuerzo y dedicación. Sin embargo, es común que, en algún momento, un trabajador autónomo necesite apoyo para llevar a cabo su actividad empresarial. En estos casos, la ayuda puede provenir de un miembro de la familia, y existe una figura legal específica que regula este tipo de colaboración: el autónomo colaborador.

Esta figura permite que familiares directos trabajen con el autónomo titular de forma legal y con ciertas ventajas tanto para el titular como para el colaborador. A lo largo de este artículo, profundizaremos en qué es un autónomo colaborador, los requisitos para serlo, las ventajas fiscales que conlleva, y el proceso para darse de alta en esta modalidad. Si estás pensando en incluir a un familiar en tu negocio, te explicaremos todo lo que necesitas saber para tomar una decisión informada.

El autónomo colaborador es, en esencia, un familiar directo que trabaja en el negocio del autónomo titular y depende económicamente de él. Este tipo de relación laboral se da cuando el autónomo titular decide contratar a un miembro de su familia para que lo ayude en su actividad empresarial, lo que genera una alianza familiar en el ámbito laboral.

Este tipo de contratación no está permitido para cualquier tipo de familiar, ni se aplica a todas las situaciones. El autónomo colaborador debe cumplir ciertos requisitos que vamos a detallar más adelante, pero algo fundamental es que no puede tener un empleo por cuenta ajena al mismo tiempo. Es decir, el trabajo como autónomo colaborador debe ser exclusivo, de manera que no se puede compatibilizar con otro trabajo en una empresa externa.

Si estás considerando contratar a un familiar como autónomo colaborador, es esencial que tengas en cuenta una serie de requisitos que deben cumplirse para que esta figura legal sea aplicable. Estos son los principales aspectos que se deben cumplir:

  1. Parentesco directo: El autónomo colaborador debe tener una relación de consanguinidad de hasta segundo grado con el autónomo titular. Esto incluye cónyuges, parejas de hecho (que acrediten más de cinco años de convivencia), hermanos, hijos, padres y madres. No obstante, familiares como sobrinos, primos o tíos quedan excluidos de esta figura, ya que no cumplen con el requisito de parentesco cercano.
  2. Edad mínima: Para ser autónomo colaborador, es necesario que el familiar tenga al menos 16 años. Esta es la edad mínima para poder trabajar en España, por lo que un menor de esta edad no puede acogerse a esta figura.
  3. Dependencia económica: El autónomo colaborador debe depender económicamente del titular del negocio. Esto implica que el colaborador no puede tener una fuente de ingresos propia que le proporcione una independencia financiera significativa.
  4. Exclusividad laboral: Como hemos mencionado anteriormente, el autónomo colaborador no puede compatibilizar este trabajo con un empleo por cuenta ajena. Su actividad como colaborador debe ser su principal fuente de empleo.
  5. Matrimonio: Si el autónomo titular y su pareja se casan y trabajan juntos en el mismo negocio, la ley establece que el cónyuge debe ser dado de alta como autónomo colaborador. En este caso, es una obligación legal, ya que no se permite que un cónyuge trabaje de forma no remunerada o informal en el negocio de su pareja.

Darse de alta como autónomo colaborador conlleva una serie de ventajas fiscales que pueden hacer que esta opción sea muy atractiva tanto para el colaborador como para el titular del negocio. Estas bonificaciones están diseñadas para facilitar la contratación de familiares y reducir los costes iniciales de esta relación laboral. A continuación, te explicamos los beneficios más relevantes:

Desde el momento en que te das de alta como autónomo colaborador, tendrás acceso a una reducción significativa de la cuota de la Seguridad Social. Durante los primeros 18 meses, la cuota se reduce en un 50%, lo que significa que en lugar de pagar la cuota completa, el autónomo colaborador abonará alrededor de 153 euros al mes.

Tras este periodo inicial, durante los seis meses siguientes, la reducción pasa al 25%, por lo que el colaborador pagará aproximadamente 312 euros al mes. En resumen, durante los primeros dos años como autónomo colaborador, las cuotas de la Seguridad Social estarán bonificadas, lo que supone un ahorro considerable.

La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo ha introducido una bonificación del 100% sobre la cuota por contingencias comunes durante un año, siempre y cuando la contratación del autónomo colaborador sea indefinida. Esto significa que si el contrato de trabajo es indefinido, el autónomo titular puede disfrutar de un año completo sin tener que pagar estas contingencias.

Esta bonificación es una excelente noticia para aquellos autónomos que necesitan ayuda familiar en su negocio, ya que reduce aún más los costes asociados a la contratación de familiares.

Anteriormente, las bonificaciones y reducciones en las cuotas de la Seguridad Social para autónomos colaboradores estaban limitadas a menores de 30 años. Sin embargo, con las últimas reformas, esta limitación de edad ha sido eliminada, lo que significa que cualquier familiar, sin importar su edad, puede beneficiarse de estas ayudas.

A diferencia de los autónomos tradicionales, los autónomos colaboradores están exentos de presentar las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF. Esto se debe a que, desde el punto de vista fiscal, el autónomo colaborador es más similar a un asalariado que a un trabajador por cuenta propia. Por tanto, no tendrá que lidiar con la gestión de impuestos de manera tan directa como lo hacen los autónomos titulares.

Aunque las bonificaciones y ayudas para autónomos colaboradores son bastante atractivas, es importante recordar que existen algunos requisitos adicionales que deben cumplirse para poder acceder a ellas:

  • No haber estado registrado en el RETA en los últimos cinco años: Si el autónomo colaborador ha estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en los últimos cinco años, no podrá beneficiarse de estas bonificaciones.
  • No haber disfrutado de las ayudas previamente: Las bonificaciones solo se pueden disfrutar una vez, por lo que si el autónomo colaborador ya ha sido beneficiario de estas ayudas en el pasado, no podrá solicitarlas de nuevo.

El proceso para dar de alta a un autónomo colaborador es bastante sencillo y se realiza a través de la Seguridad Social. A diferencia de los autónomos titulares, el colaborador no necesita registrarse en Hacienda, lo que simplifica considerablemente los trámites.

Para formalizar el alta, es necesario presentar el modelo TA0521/2 en la Seguridad Social, que corresponde a la solicitud de alta de un familiar colaborador. Este formulario debe ir acompañado de varios documentos, entre los que se incluyen:

  1. Libro de Familia, que demuestre el parentesco entre el autónomo titular y el colaborador.
  2. Certificado de empadronamiento que acredite la convivencia (si aplica).
  3. DNI tanto del autónomo colaborador como del autónomo titular.
  4. Copia del alta en Hacienda del autónomo titular, que demuestre que el negocio está registrado correctamente.

La figura del autónomo colaborador es una excelente opción para aquellos autónomos que necesitan ayuda en su negocio y desean contar con el apoyo de un familiar cercano. Ofrece una forma legal de colaborar en el negocio y, además, proporciona ventajas fiscales y económicas tanto para el titular como para el colaborador.

Sin embargo, es fundamental cumplir con los requisitos establecidos por la ley para poder beneficiarse de estas bonificaciones. Si estás considerando esta opción, te recomendamos que consultes con un asesor profesional, que podrá guiarte a través del proceso de alta y asegurarse de que estás aprovechando todas las ventajas disponibles.

Si tu negocio familiar se ajusta a los criterios del autónomo colaborador y necesitas ese apoyo extra para seguir creciendo, esta figura puede ser la solución perfecta para fortalecer tu actividad empresarial mientras mantienes a la familia unida en el ámbito laboral.